Artículos de prohibida importación
Resolución No.182 COMEXI) Registro Oficial 228- 7 de julio de 1999.
-         Dinero en efectivo o cheques.
-         Ropa y calzado usado
-         Llantas usadas y reencauchadas
-         Repuestos de vehículos usados
-         Motores de autos
-         Combustible
-         Pornografía
-         Asbesto en cualquiera de sus formas
-         Desechos industriales tóxicos
-         Motos usadas
-         Cuero y piel de reptil
-         Equipos que contengan CFCs que utilicen refrigerantes R-12 o R- 502
-         Artículos de Marfil y sus manufacturas
-         Mercancía peligrosa
 
Restricciones
 
-         No pueden exceder el valor comercial de USD $2000 y 110 libras.
-         Alimentos, medicinas y perfumes no pueden exceder de 5 unidades personales.
-         Joyas y materiales preciosos
-         Restos Humanos (Incluyen cenizas)
-         Vidrios y cerámicas
-         Material pirateado o robado
-         Pasaportes
-         Obras de arte y antigüedades
-         Animales
-         Los siguientes artículos para fines comerciales requieren autorizaciones previas de los respectivos Ministerios para su importación (Resolución No. 183 COMEXI) Registro Oficial 228- 7 de julio de 1999:Alimentos, bebidas, medicinas, cosméticos, perfumes, plantas y semillas, plaguicidas narcóticos y precursores, dispositivos médicos, material radiactivo, armas de fuego, partes y municiones, plantas generadoras de energía eléctrica superior a 100 Kilovatios.
 
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