Artículos de prohibida importación
Resolución No.182 COMEXI) Registro Oficial 228- 7 de julio de 1999.
- Dinero en efectivo o cheques.
- Ropa y calzado usado
- Llantas usadas y reencauchadas
- Repuestos de vehículos usados
- Motores de autos
- Combustible
- Pornografía
- Asbesto en cualquiera de sus formas
- Desechos industriales tóxicos
- Motos usadas
- Cuero y piel de reptil
- Equipos que contengan CFCs que utilicen refrigerantes R-12 o R- 502
- Artículos de Marfil y sus manufacturas
- Mercancía peligrosa
Restricciones
- No pueden exceder el valor comercial de USD $2000 y 110 libras.
- Alimentos, medicinas y perfumes no pueden exceder de 5 unidades personales.
- Joyas y materiales preciosos
- Restos Humanos (Incluyen cenizas)
- Vidrios y cerámicas
- Material pirateado o robado
- Pasaportes
- Obras de arte y antigüedades
- Animales
- Los siguientes artículos para fines comerciales requieren autorizaciones previas de los respectivos Ministerios para su importación (Resolución No. 183 COMEXI) Registro Oficial 228- 7 de julio de 1999:Alimentos, bebidas, medicinas, cosméticos, perfumes, plantas y semillas, plaguicidas narcóticos y precursores, dispositivos médicos, material radiactivo, armas de fuego, partes y municiones, plantas generadoras de energía eléctrica superior a 100 Kilovatios.