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Contrato de servicio

ULTRABOX S.A.

Es una sociedad comercial especializada en:

  • Proveer a sus usuarios direcciones físicas en Estados Unidos, España y China, para el recibo de documentos, paquetería y compras internacionales.
  • Mediante empresas especializadas en paquetería entregar en forma rápida, confiable y segura los paquetes de sus usuarios en Colombia.
  • Mediante tecnología API, facilitar a sus clientes el acceso a los catálogos de productos de: Amazon, Ebay, Walmart, Aliexpress y TaoBao, desde su sitio web. Permitiéndoles realizar sus compras internacionales en una sola transacción.

TERMINOS Y CONDICIONES

PRIMERO.- LIMITES:

Los envíos que se pueden movilizar a través del servicio prestado por ULTRABOX S.A. no pueden exceder el valor comercial de US$2.000, no pueden pesar más de 50 kilos (110 libras) y sus medidas no pueden sobrepasar 1,50 metros en cualquiera de sus dimensiones. Adicionalmente, cada envío debe tener su factura o documento que acredite tanto la operación como el valor de la mercancía para poder ser enviado a Colombia. Esto en sujeción a lo establecido en la Resolución 0000994 de 2011, emitida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

PARÁGRAFO:

El tiempo de entrega de la mercancía es mínimo de cuatro (4) días hábiles si el envío es realizado desde Estados Unidos o España, y de diez (10) días hábiles si el envío es realizado desde China, hacia Bogotá, o un día adicional si es al resto del país; siempre y cuando la aerolínea y la DIAN cumplan con los plazos que a ellos corresponden.



Tiempos de entrega paquetes servicio Casillero Internacional Ultrabox:

El periodo de entrega de los paquetes se inicia desde el momento en que son despachados desde la bodega de Miami o España hasta su llegada al país de destino.



Los paquetes que arriban a las bodegas en Miami, China y España deben cumplir con los requisitos mínimos aéreos y aduaneros necesarios para su transporte al país de destino. Estos incluyen la presentación de la factura comercial, declaración de valor y la verificación de que los productos no se encuentren en categorías restringidas o prohibidas.



Las aerolíneas que gestionan vuelos internacionales de paquetes y carga a los diversos países de nuestra red en América Latina están sujetas a políticas específicas, especialmente durante periodos de alta demanda, lo cual puede afectar de manera general a todas las empresas de Casillero y Courier.



Una vez que el paquete llega al país de destino, debe pasar por un proceso de nacionalización, el cual implica la intervención de entidades gubernamentales y está sujeto a los tiempos y procedimientos de dichas entidades.



Las entregas dentro del territorio nacional se realizan según los plazos establecidos por las empresas de mensajería nacional. Sin embargo, es importante tener en cuenta que estos tiempos pueden verse afectados por situaciones imprevistas como protestas, derrumbes, inundaciones, cierres aéreos y bloqueos de vías terrestres, entre otros.



A raíz de lo expuesto anteriormente, es crucial tener en cuenta que durante la temporada alta, especialmente en noviembre y diciembre, pueden surgir demoras en las entregas. Estas demoras son de origen externo y no deben atribuirse directamente a los servicios proporcionados por Ultrabox en los diversos países, tales como Colombia, Ecuador, Costa Rica y Perú.


SEGUNDO.- PRECIO Y FORMA DE PAGO:

Como contraprestación por los servicios prestados por ULTRABOX S.A., EL CLIENTE se obliga a pagar los siguientes valores:

  1. US$4.50 por libra o fracción de peso o volumen, el que sea mayor, por el servicio de envío de paquetería o documentos desde la Suite en Estados Unidos y hasta su dirección en Colombia con empresas especializadas en manejo de paquetería y aduanas.
  2. EU$7.00 por libra o fracción de peso o volumen, el que sea mayor, por el servicio de envío de paquetería o documentos desde la Suite en España hasta su dirección en Colombia con empresas especializadas en manejo de paquetería y aduanas. Y EU$2.00 por paquete por concepto de Declaración Única Aduanera de España.
  3. US$9.50 por libra o fracción de peso o volumen, el que sea mayor, por el servicio de envío de paquetería o documentos, desde la Suite en China y hasta su dirección en Colombia con empresas especializadas en manejo de paquetería y aduanas.
  4. El valor de los impuestos y aranceles a que haya lugar, según la liquidación que se realice al momento de llegada de la mercancía. ULTRABOX S.A, no se hace responsable por revaluaciones realizadas por parte de la aduana para la liquidación de impuestos.

PARAGRAFO PRIMERO:

Los usuarios catalogados como “Premium” y “Colaboradores” por la entidad bancaria parte de la alianza, cuentan con tarifas preferenciales.

PARAGRAFO SEGUNDO:

EL CLIENTE expresamente autoriza a ULTRABOX S.A. a debitar de la tarjeta del Banco de Bogotá registrada en su cuenta, los valores correspondientes al pago de los cargos por flete, así como el pago del impuesto al valor agregado (IVA) y de los aranceles o impuestos aduaneros a que haya lugar por la operación de envío a Colombia de los paquetes que se encuentren en la Suite Internacional, de acuerdo con el Decreto 2685 de 1999, Decreto 1470 del 6 de mayo de 2008 y demás normas que los modifiquen, adicionen o deroguen.

PARAGRAFO TERCERO:

ULTRABOX S.A, podrá sin previo aviso modificar las tarifas correspondientes para adecuarlas a incrementos de los costos de aerolíneas y/o cualquier otro concepto de carácter comercial que se relacione directamente con la prestación del servicio.

PARAGRAFO CUARTO:

Cuando el pago se realice mediante cargo a la tarjeta del Banco de Bogotá, ULTRABOX S.A. estará exenta de toda responsabilidad por la procedencia del dinero utilizado por este medio, así como por cualquier tipo de fraude o falsificación en que incurra el cliente que utilice la tarjeta del Banco de Bogotá como medio de pago, y se reserva el derecho de dar por terminado el presente contrato de manera inmediata, sin que haya lugar a reembolso alguno, con la simple comunicación de su decisión al cliente.

PARAGRAFO QUINTO:

Si la tarjeta del Banco de Bogotá no cuenta con el cupo suficiente para cubrir el pago total correspondiente al envío, ULTRABOX S.A podrá retener los envíos hasta que el cliente pague la totalidad del valor a su cargo.

PARAGRAFO SEXTO:

En cumplimiento al decreto número 1103 de 2014 y de conformidad con lo establecido en el literal j) .del artículo 428 del Estatuto Tributario, no causarán el impuesto sobre las ventas, las importaciones de envíos urgentes que ingresen bajo la modalidad de Tráfico Postal y Envíos Urgentes de que trata la Sección VIII del Capítulo VI del Título V del Decreto 2685 de 1999, o bajo el régimen aduanero que sea creado en la norma que lo sustituya o modifique. El valor de la mercancía no podrá exceder el monto de los doscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 200), sin incluir los gastos de entrega.

TERCERO.- OBLIGACIONES DE EL CLIENTE:

EL CLIENTE se obliga expresamente a:

  1. No movilizar a través de ULTRABOX S.A.: a) Dinero en efectivo, b) cheques al portador, c) títulos valores, d) cualquier otro bien cuyo envío no esté legalmente permitido por el servicio prestado por empresas de transporte especializadas a ULTRABOX S.A., de acuerdo con las normas pertinentes.
  2. No enviar y/o recibir documentos o bienes prohibidos por la ley, entre los que están: Opio, morfina, cocaína, estupefacientes sicotrópicos controlados o no por el Ministerio de Salud, animales vivos, materias explosivas, inflamables u otras materias peligrosas, materias radioactivas, objetos obscenos e inmorales, incluyendo las revistas y publicaciones similares, juguetes bélicos, armas y demás elementos de guerra, precursores químicos en la elaboración de estupefacientes, los medicamentos por estar sujetos a Registro Sanitario y/o visto bueno previo del I.N.V.I.M.A, monedas, billetes de banco, papel moneda o cualquiera otro valor al portador, platino, oro manufacturado o no, prendería, alhajas y demás objetos preciosos.
  3. No enviar objetos que los convenios o acuerdos internacionales consagren como de prohibida circulación por el servicio de correos y/o aquellos sujetos a restricción administrativa y cuya administración o circulación esté prohibida en el país de destino.
  4. Notificar oportunamente y por escrito cualquier cambio de dirección e información general suministrada a Ultrabox S.A. para el envío y/o recibo de envíos.
  5. Entregar la factura de compra o el documento que acredite tanto la operación como el valor de la mercancía.
  6. Relacionar el número de suite internacional al realizar sus compras.
  7. Recibir los envíos en el momento de entrega, de lo contrario Ultrabox S.A. pasados sesenta (60) días calendario sin que EL CLIENTE los haya reclamado, podrá disponer de ellos.
  8. Pagar intereses de mora a la tasa máxima legal permitida por la Superintendencia Financiera, por las facturas que se encuentren pendientes de pago.
  9. Presentar la reclamación al proveedor de la mercancía cuando la misma presente daños, defectos y/o entregas no efectuadas.
  10. No ceder el presente contrato sin previa autorización de Ultrabox S.A.

PARAGRAFO PRIMERO:

Los CLIENTES que se retiren por decisión unilateral o de ULTRABOX S.A, cesarán en su derecho de uso y explotación de la suite y demás servicios de ULTRABOX S.A, pudiendo ULTRABOX S.A utilizar las suites vacantes para ofrecerlas a sus nuevos clientes.

CUARTO.- OBLIGACIONES DE ULTRABOX S.A

a) Proveer una dirección física en Estados Unidos, España y China. b) Mediante empresas especializadas, entregar la mercancía en un plazo mínimo de cuatro (4) días hábiles si el envío es realizado desde Estados Unidos o España, y de diez (10) días hábiles si el envío es realizado desde China, hacia Bogotá, o un día adicional si es al resto del país; siempre y cuando la aerolínea y la DIAN cumplan con los plazos que a ellos corresponden. c) Brindar a través de su página web la información suficiente para el seguimiento y rastreo de los envíos. d) Facilitar a sus usuarios el acceso a los catálogos de productos de: Amazon, Ebay, Walmart, Aliexpress y TaoBao, desde su sitio web.

QUINTO.- EXONERACION DE RESPONSABILIDAD:

ULTRABOX S.A, no se hace responsable por: a) Mercaderías mal direccionadas por los datos errados suministrados por el CLIENTE y/o proveedores. b) Daños y/o defectos de la mercancía. c) Mercancía que sea confiscada por la aduana. d) Retraso en el envío de los envíos originado por información errada o falta de documentación.

PARAGRAFO PRIMERO:

ULTRABOX S.A. queda exonerada de cualquier tipo de responsabilidad contractual y de orden civil o penal, en caso que los sobres o envíos consignados por EL CLIENTE contengan algún producto, sustancia, objeto o artículo cuyo uso, fabricación, producción y/o comercialización esté expresamente prohibido por la legislación de los países entre los cuales se realice la operación.

SEXTO.- TERMINACION DEL CONTRATO:

ULTRABOX S.A., podrá dar por terminado unilateralmente el presente contrato en caso de fraude, uso indebido del casillero y/o del servicio, y en general por el incumplimiento de las obligaciones a cargo del CLIENTE.

SEPTIMO.- DURACIÓN:

De conformidad con los términos y condiciones señaladas anteriormente y previo el diligenciamiento del cuadro de información básica, la aceptación que se realice mediante la firma del presente documento, constituye el inicio de la relación jurídica entre EL CLIENTE y la sociedad ULTRABOX S.A., y por lo mismo, el término de duración del presente acuerdo será indefinido, hasta que EL CLIENTE decida darlo por terminado en el momento en que lo desee o cuando ULTRABOX S.A. así lo determine debido al incumplimiento del presente contrato.

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